Novedades Impuesto Sucesiones en Andalucía para 2018
¿Qué novedades nos trae el 2018 en materia de impuesto de sucesiones en Andalucía?
Desde hace varias semanas venimos escuchando y leyendo noticias sobre el nuevo cambio en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y es que, igual que ocurriera el año pasado terminaremos el 2017 con otra modificación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, siendo la tercera en menos de dos años. Antes, haremos en breve resumen por las modificaciones anteriores.
Reformas del impuesto de sucesiones en 2016 y 2017
- Julio 2016, se aprobaba el Decreto Ley 4/2016 de 26 de Julio en el que se mejora la reducción para la vivienda habitual heredada y para negocios agrícolas, como ya comentábamos en nuestra entrada de este blog bajo el título: Impuesto de sucesiones: cambios que nos afectan.
- Diciembre 2016, se aprueban los Presupuesto para la Comunidad Autónoma de Andalucía con la ley 10/2016, en la que se aumenta la reducción para cónyuges y familiares directos pasando de 175.000 a 250.000 euros, como indicamos en el post: ¿Cuánto cuesta una herencia en Andalucía en 2017?
Cambios en el impuesto de sucesiones para 2018
En los presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía que se aprobarán y publicarán este mes de Diciembre para el 2018, se incluirá una nueva modificación del tan polémico Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Andalucía y es que los pactos entre los partidos políticos, nos hacen conocer las modificaciones que nuevamente va a tener, antes de que hayan sido aprobados.
El pasado 30 de Noviembre tuvimos el placer de asistir a una jornada informativa a la que acudió Diego Martínez López, Director General de Financiación y Tributos Junta Andalucía para explicarnos y/o confirmarnos en qué iban a consistir esas modificaciones que la prensa lleva varias semanas adelantando y son los siguientes.
La reducción para parientes directos se eleva a 1.000.000 de euros.
Sí, así es, la reducción para parientes directos (grupo I) asciende a 1.000.000 euros, actualmente está en 250.000 euros para bases imponibles iguales o inferiores a 250.000 euros y 200.000 para bases imponibles entre 250.000 y 350.000 euros.
Si se supera la cifra de 1.000.000. euros sólo tributa el exceso (ver requisitos) y no el total, como hasta ahora.
Además queda eliminado el salto que venía existiendo anteriormente, de manera que el impuesto se va a liquidar por el exceso de esa cantidad, es decir, una persona que herede 1.010.000 euros, tributará sólo por 10.000 euros. Para aplicar esta reducción, el patrimonio preexistente del heredero no debe ser superior a 1.000.000 euros, si fuese superior no podrá practicarse ninguna reducción (modificación art. 19)
En caso de discapacitados, no se le pone el límite de 1.000.000 euros en el patrimonio preexistente, por tanto, se aplicaría, en todo caso la reducción del 1.000.000 euros.
Una reforma del impuesto de sucesiones necesaria
Esta medida hace que las herencias que vayan a tributar en Andalucía queden reducidas al mínimo entre familiares directos, únicamente para patrimonios muy elevados o bien cuando se trate de herederos no directos.
Otra modificación significativa afecta al Impuesto de Donaciones, es decir, cuando una persona le cede a otra pero en vida, de manera que si lo que se dona es dinero entre padre e hijos para la constitución de una sociedad, la reducción en el Impuesto de Donaciones llega al 99% (modificación art. 22 bis)
Cuando queden aprobados y se publiquen los presupuestos mencionados, podremos elaborar una entrada en este blog con mayor detalle.